El contenido de esta guía a sido desarrollado por el International Refugee Assistance Project. También puedes encontrarlo en el sitio web de información juridica del IRAP dando clic en este enlace: ¿Qué esperar en las fronteras terrestres entre Estados Unidos y México?
Pidiendo Ayuda
Usted o su familiar pueden pedirle a un abogado de inmigración ayuda con este proceso. Aquí hay algunos recursos:
Ayuda de IRAP
- La información sobre cómo pedir ayuda a IRAP está aquí.
- Si está en Jordania, puede pedir ayuda a IRAP de Jordania usando este formulario. Si el formulario está cerrado, puede volver a visitarlo más tarde.
Ayuda de otras organizaciones
- Una lista de proveedores de servicios legales de inmigración gratuitos en los Estados Unidos está disponible aquí. Estos abogados no están afiliados con IRAP.
- Una lista de abogados privados de inmigración en los Estados Unidos está disponible aquí. Estos abogados no están afiliados con IRAP. Tenga en cuenta que los abogados privados de inmigración pueden cobrar una tarifa por sus servicios.
NOTA: Esta información es del 07 de junio de 2024. Intentamos actualizarla cuando hay cambios importantes pero puede que haya cambiado porque las leyes de Inmigración de Estados Unidos cambian rápidamente. Esta información es educacional y no es un asesoramiento legal.
¿Para quién es esta información?
Esta información es para personas que quieren entrar a Estados Unidos desde México por la frontera terrestre. Es para adultos que están viajando solos y para familias viajando juntas. Esta información no es para niños menores de 18 años viajando sin sus padres. Los menores que viajan sin un acompañante tienen una protección especial bajo las reglas de migración de los Estados Unidos, y esta información no les aplica.
¿Qué incluye este artículo?
- Información sobre las diferentes formas que puedes intentar para ingresar a Estados Unidos y las reglas y procesos para cada tipo de entrada.
- Una explicación de que pasaría si intentas entrar sin seguir ciertos procedimientos, como por ejemplo no hacer una cita antes de llegar a la frontera.
¿Qué está pasando en la frontera?
En junio del 2024, el gobierno de Estados Unidos emitió una nueva regla que permite declarar una “emergencia” en la frontera cuando hay un alto volumen de personas cruzando. A partir del 05 de junio del 2024, el gobierno de Estados Unidos considera que el actual número de personas cruzando es una “emergencia” y a la mayoría de las personas que crucen la frontera sin una cita se les prohibirá el asilo.
La regla de junio del 2024 le permite al gobierno de Estados Unidos negarle el proceso de aplicar al asilo a la mayoría de las personas que ingresen a Estados Unidos por la frontera de México sin una cita. Hay algunas excepciones a esto que se describirán debajo. Las personas que tengan miedo de volver a su país de origen o a México, todavía pueden aplicar a otras formas de permanecer en Estados Unidos si le dicen a un oficial del gobierno que tienen miedo y demuestran que es muy probable que ganen su caso legal. Los oficiales del gobierno de Estados Unidos no le preguntarán a las personas si tienen miedo.
El gobierno de Estados Unidos ahora le pide a la mayoría de las personas que usen una aplicación llamada CBP One en sus celulares para poder agendar citas para intentar ingresar a Estados Unidos. En estas citas, tu puedes pedirle a los oficiales permiso para entrar a Estados Unidos.
Si intentas entrar a Estados Unidos sin una cita en cualquier ubicación, usualmente no te permitirán aplicar para el asilo. Por lo general, enfrentarás un proceso de deportación acelerada que se llama “deportación expedita”. Esto aplica si has entrado por un puerto de entrada oficial o sin permiso en cualquier otra ubicación.
En el pasado, los oficiales del gobierno de Estados Unidos estaban obligados a preguntarle a las personas cruzando la frontera si tenían miedo de volver a su país de origen. Ahora, mientras está el estado de emergencia en la frontera bajo la regla de junio 2024, ya no están obligados a preguntar eso, lo que significa que ahora es tu responsabilidad decirle claramente a los oficiales de Estados Unidos en la frontera o en detención si tienes temor de volver a tu país y quieres pedir asilo. Todos los miembros de la familia deben estar preparados para hacer esto.
Tu experiencia en la frontera depende de como intentes entrar al país. Esto es lo que sucede cuanto tu:
A. Entras con una cita;
B. Intentas entrar por un Puerto de Entrada sin una cita o sin permiso en cualquier parte de la frontera Y puedes probar una de las siguientes cosas (llamadas “circunstancias excepcionales”):
- Eres sobreviviente de trata severa de personas; O
- Has experimentado amenazas específicas de daño severo o violencia justo antes de cruzar la frontera, y ese fue el peligro que te impidió hacer o presentarte a tu cita o te obligo a cruzar la frontera rápidamente ; O
- Experimentaste una emergencia médica seria y urgente justo antes de cruzar la frontera y esa emergencia te impidió hacer o presentarte a tu cita o te obligo a cruzar la frontera rápidamente.
C. Ingresar sin una cita en un puerto de entrada o sin permiso y no puedes demostrar “circunstancias excepcionales”. Esto significa que no tuviste las experiencias que están enlistadas arriba o no pudiste convencer al oficial del gobierno de Estados Unidos que tuviste esas experiencias.
A. Cuando Entras Sin Una Cita
Casi todas las citas deben hacerse por medio de la aplicación CBP One. Ve más información sobre como usar CBP One haciendo clic aquí.
Si nunca has sido deportado de Estados Unidos y no tienes un record criminal en Estados Unidos:
- Cuando te presentas en la frontera con una cita agendada en un día y hora específica, Aduanas y Protección de Fronteras (CBP por sus siglas en inglés) te hará un escaneo de tu rostro con una cámara para verificar tu identidad. CBP es parte del gobierno de Estados Unidos. CBP también pedirá ver tu correo electrónico de confirmación de cita. Si estás viajando en un grupo y planeas presentarte en la frontera con más de una persona, debes de usar la app CBP One para agregar hasta 10 personas como viajeros antes de solicitar la cita.
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La mayoría de personas que se presentan con una cita, usualmente son liberadas de la custodia del gobierno de los Estados Unidos en cuestión de 3 a 48 hrs. Si esto te sucede, podrás viajar a tu destino en Estados Unidos (cubriendo tu mismo los costos) y quedarte mientras esperas tu fecha de corte. Antes de salir de la custodia de CBP, recibirás un pedazo de papel que tendrá una fecha para que te presentes ante una corte de migración. Ir a todas tus citas de la corte es extremadamente importante. Si pierdes una fecha de corte, te darán una orden de deportación.
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Si has sido deportado o tienes un historial criminal en Estados Unidos:
- Si has sido deportado de Estados Unidos antes o has cometido algún crimen o has sido arrestado en Estados Unidos, es posible que el proceso descrito anteriormente no aplique en tu caso y que los oficiales de gobierno de Estados Unidos te deporten rápidamente en lugar de permitirte entrar a Estados Unidos. Este proceso es conocido como “deportación expedita” y puedes leer más sobre esto aquí.
- Si tienes temor de volver a tu país de origen (y en ciertos casos tienes temor de regresar a México), necesitas decirle a un oficial de CBP que tienes miedo y entonces CBP deberá darte una entrevista de Temor Creíble o una Entrevista de Temor Razonable. Esto es cierto para cualquier persona que tenga una cita por medio de CBP One, aunque hayas sido deportado antes o tengas un historial criminal, todavía puedes decirle a CBP que tienes miedo y deberías recibir esta entrevista. Durante una entrevista de Temor Creíble, te preguntaran sobre tus temores y experiencias en tu país de origen. Si el gobierno de Estados Unidos cree que tienes posibilidades suficientes de ganar tu caso de asilo o alguna otra protección, serás puesto en un procedimiento regular de deportación donde puedes aplicar al asilo. Si no, enfrentarás una deportación rápida. Para más información sobre una Entrevista de Temor Creíble y Entrevista de Temor Razonable visita aquí.
B. Cuando Intentas Entrar por Un Puerto De Entrada Sin Cita o Entras Sin Permiso Y Demuestras Circunstancias Excepcionales:
Como el gobierno de Estados Unidos quiere que las personas hagan citas, las personas que intenten entrar sin una cita tendrán más dificultades aplicando al asilo después de entrar a Estados Unidos. Haz clic aquí para más información. Además, si entraste a Estados Unidos sin una cita después del 05 de junio del 2024, puede que no te dejen aplicar para el asilo en los Estados Unidos. Es importante saber que también te pueden acusar de un crimen por cruzar la frontera sin permiso.
Si no tienes una cita, puedes intentar ir a un Puerto de Entrada a pedir permiso para entrar a los Estados Unidos sin una cita. En la mayoría de los Puertos de Entrada, es extremadamente difícil incluso hablar con un oficial del gobierno de Estados Unidos. Algunos lugares en la frontera tienen grupos informales que llevan listas de espera para las personas intentando entrar. En otras locaciones, las personas forman filas en el Puerto de Entrada para intentar hablar con CBP. A veces hay personas a las que simplemente las regresan si no tienen una cita. En otras ocasiones el gobierno mexicano impide que las personas que no tienen una cita se acerquen al Puerto de Entrada.
Si no tienes una cita y no te regresan automáticamente de la frontera de Estados Unidos o si entraste sin permiso, no calificarás al asilo en Estados Unidos a menos que un oficial del gobierno de Estados Unidos crea una de las 3 siguientes cosas:
- Tu o alguien de tu grupo, es un sobreviviente de trata severa de personas (como estar presionado a tener relaciones sexuales a cambio de algo de valor, como dinero o comidao ser obligado a trabajar para pagar una deuda en una situación de la cual no puedes irte)
- Tu o alguien de tu grupo, ha experimentado amenazas específicas de daño severo o violencia justo antes de cruzar la frontera
- Tu o alguien de tu grupo, ha experimentado una emergencia médica seria y urgente justo antes de cruzar la frontera
Si convences al oficial del gobierno de Estados Unidos de alguna de estas cosas, puede que todavía seas elegible para el asilo si le dices al oficial que tienes miedo de volver a tu país de origen o a México. Debes decirle al oficial que tienes miedo de volver a tu hogar- ellos no te preguntarán. Si no les dices que tienes miedo, te deportarán sin ninguna oportunidad de pedir asilo.
Si le dices a un oficial que tienes miedo de volver a tu país de origen y te cree, te deberían dar una Entrevista de Temor Creíble. Puede que recibas esa entrevista muy rápido- hasta en unas pocas horas- y puede que sea extremadamente difícil o imposible que hables con un abogado antes de la entrevista. En esa entrevista, un oficial de asilo te hará ciertas preguntas sobre a qué y a quien le tienes miedo, por qué te harían daño, qué daño sufrirías y has sufrido antes, y si puedes o no estar a salvo en alguna parte de tu país. Si el oficial cree que tienes una “posibilidad significativa” de calificar para el asilo, te permitirán aplicar al asilo en los Estados Unidos en lugar de ser deportado rápidamente. Puede que te liberen y te permitan quedarte en Estados Unidos mientras aplicas al asilo o puede que tengas que quedarte en detención mientras aplicas al asilo.
Si no pasas la entrevista, puedes pedirle a un juez de inmigración que revise tu caso. El juez de migración puede anular la resolución de tu entrevista o confirmarla. Si el juez de inmigración confirma la resolución negativa enfrentarás una deportación rápida.
A veces el gobierno de Estados Unidos puede dejar libres en Estados Unidos a personas sin una Entrevista de Temor Creíble, por ejemplo si ya no tienen espacio para detener a más personas. Solo porque escuches que una persona que tu conoces fue liberada sin pasar por todo este proceso no significa que tu también serás liberado sin pasar por todo este proceso difícil. Recuerda que la experiencia de cada quien es distinta y tu experiencia puede variar de la de otra persona aunque sean similares a ti.
(B) Cuando intentas entrar por un Puerto de Entrada Sin una Cita o Entras Sin Inspección y No Puede Demostrar Circunstancias Excepcionales:
Si no demuestras una de estas tres excepciones a total satisfacción del gobierno de Estados Unidos, no podrás calificar para el asilo si cruzas la frontera mientras un estado de emergencia esté declarado. Aunque no te hayan agarrado en la frontera o cerca de la misma, si cruzas en un día donde la regla este siendo aplicada y no demuestras que satisfaces una de las excepciones mencionadas arriba, no podrás aplicar al asilo.
Si tienes temor de volver a tu país de origen o a México, puede que todavía seas elegible para otro tipo de protección ante la deportación como la retención de deportación o la protección bajo la Convención Contra la Tortura. Para calificar para la suspensión de la deportación, debes demostrar que es más probable que sufras alguna persecución (un daño muy grave) por tu raza, religión, opiniones políticas, nacionales o pertenencia a un grupo social en particular. Para calificar para la protección por medio de la Convención Contra la Tortura, deberás probar que es más probable que sufras algún tipo de tortura por parte de tu gobierno o por personas o fuerzas que tu gobierno permita que te torturen. (“Permita” puede significar que tu gobierno sepa que alguien te puede torturar y no haga nada para protegerte.)
Aunque no seas elegible para el asilo por la regla de junio del 2024, si le dices a un oficial que tienes miedo de volver a tu país de origen de todos modos deberías obtener una Entrevista de Temor Creíble. Para tener oportunidad de aplicar a una retención de deportación o protección bajo la Convención Contra la Tortura, tendrás que demostrar más probabilidad que nunca de pasar tu entrevista. Para poder pasar la entrevista, tendrás que demostrar que tienes una probabilidad acerca de 50% de ganar la protección cuando apliques a la misma y tu caso se presente ante un juez.
Si pasas la entrevista, podrás aplicar a una suspensión de la deportación y/o protección bajo la Convención Contra la Tortura en una corte migratoria. Podrás ser detenido mientras aplicas y esperas tu audiencia o puede que te liberen.
Si no pasas la entrevista, puedes pedirle a un juez de inmigración que revise tu caso. El juez de inmigración podrá anular la resolución de tu entrevista o confirmarla. Si el juez de inmigración confirma la decisión negativa, te enfrentarás a una deportación rápida.
C. ¿Qué pasa cuando recibes una orden de deportación expedita?
Si tienes una orden de deportación expedita normalmente serás deportado al país de donde eres originario. Personas con ciertas nacionalidades, incluyendo Haitiana, Nicaragüense, Venezolana, Cubana y Mexicana pueden ser deportadas a México.
Una vez deportado con una orden de deportación expedita, no se te permitirá entrar a los Estados Unidos de forma legal en los siguientes cinco años.
Si eres deportado y después reingresas a los Estados Unidos sin permiso y te atrapan, te pueden arrestar y llevar a juicio.
Si fuiste deportado y reingresaste a Estados Unidos sin permiso, también puedes ser deportado rápidamente por medio de algo llamado “restablecimiento de la deportación”. Si fuiste deportado previamente y eres detenido la siguiente vez que entres a Estados Unidos, puedes expresar que tienes miedo por persecución (un daño severo por las razones expresadas anteriormente) en tu país de origen. Después deberías de recibir una Entrevista de Temor Razonable, la cual es parecida a la entrevista de Temor Creíble pero es más difícil de pasar. Si pasas la entrevista, serás enviado a una corte de inmigración para aplicar solo a la suspensión de deportación o protección bajo el Convenio Contra la Tortura. No podrás aplicar al asilo. Pero, si ganas la retención de deportación o la protección bajo la Convención Contra la Tortura, puedas pemanecer en los EE.UU.
El contenido de esta guía a sido desarrollado por el International Refugee Assistance Project. También puedes encontrarlo en el sitio web de información juridica del IRAP dando clic en este enlace: ¿Qué esperar en las fronteras terrestres entre Estados Unidos y México?
Fuente de información:
Qué esperar en las fronteras terrestres entre Estados Unidos y México – IRAP (iraplegalinfo.org)