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Las personas en movimiento que se encuentran en México, originarias de otros países, además de contar con la protección de los derechos de este país, pueden recibir atención consular.

La asistencia consular son las acciones que realiza el personal consular y diplomático de un país en territorio de otros Estados. Tiene el objetivo de salvaguardar los derechos y evitar daños y perjuicios a la persona, bienes e intereses de sus nacionales en el extranjero, misma que surge con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. 

Constituye una serie de acciones tendientes a que las personas que se encuentren fuera de su territorio nacional gocen de la asistencia y acompañamiento de sus países a través de sus consulados, cuando se encuentren en circunstancias en las que sus derechos tengan que ser salvaguardados. 

México forma parte de la comunidad internacional que ha firmado y ratificado la Convención de Viena, por lo que tiene la obligación de proteger los derechos de las personas, vigilar que no se cometan injusticias por parte de autoridades extranjeras en contra de sus nacionales, entre otras. 

Aunado a lo anterior, México también tiene la obligación de generar acciones que garanticen la asistencia consular de las personas extranjeras que se encuentren en su territorio nacional. Por lo que vale la pena revisar algunas de las circunstancias en las que la asistencia consular debe de garantizarse. 

En el marco de garantizar un juicio justo, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que las personas que han sido víctimas de un delito, cuando tengan otra nacionalidad, tienen derecho a que se les proporcione asistencia migratoria, la cual incluye la asistencia consular. Por lo que tienen el derecho, si así lo desean, de comunicarse con sus consulados a fin de recibir asistencia. 

De igual forma, el mismo Código Nacional de Procedimientos Penales, establece que cuando una persona extranjera es detenida por la comisión de algún delito en territorio nacional, debe de informarse a la embajada o consulado que corresponda. Por lo que tendrá derecho de igual forma de comunicarse con su consulado a fin de recibir la asistencia correspondiente. 

Por lo que las personas que imparten justicia, jueces y juezas, deben de asegurarse que cuando conozcan de procesos en los cuales intervengan personas migrantes, se garanticen a cabalidad sus derechos consulares. 

Excepción al derecho de asistencia consular. 

El derecho a la asistencia consular encuentra una excepción importante en el caso de las personas solicitantes de asilo y refugiadas, al tener temor de una persecución en el que su vida, libertad, seguridad o integridad corren peligro, es entendible que no quieran involucrar a su Estado, cuando éste es el agente persecutor. Por lo que es importante decir que el derecho a la asistencia consular debe de ser informado y garantizado cuando así lo decida la persona. 

De igual forma el artículo 21 de la Ley Sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, establece que cuando una persona presente su solicitud de reconocimiento de condición de refugiado, ninguna autoridad podrá proporcionar información o notificar a las autoridades diplomáticas o consulares del país de origen del solicitante, a menos que se cuente con evidencia del consentimiento de éste. 

 

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Fuentes de información:

www.gob.mx – Secretaría de Relaciones Exteriores 

Obligación de informar a todo detenido extranjero de su derecho a la protección consular, según el derecho internacional. José Luis Vallarta Marrón. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. historico.juridicas.unam.mx  

Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a personas migrantes y sujetas de protección internacional. 

Código Nacional de Procedimientos Penales.