Es una persona que huye del lugar donde vive por temor a que alguien le haga daño. Esta situación puede incluir haber recibido amenazas, notas, llamadas, mensajes, etc. con la intención de hacer daño y pueden venir de parte de diferentes agentes persecutores, como pandillas, gobierno, bandas, etc. Además, esta situación puede haber sucedido por días, semanas o meses.
Toda persona que haya sido víctima de persecución o tenga temor fundado de regresar a su país porque su vida e integridad corren peligro o una tercera persona en caso de que la persona solicitante no pueda hacerlo directamente, ya sea por estar en detención o por alguna causa grave externa.
¿Quién tiene derecho de solicitar asilo?
- Toda persona que tenga temores fundados de que su vida o integridad corren peligro, ya sea por motivos de género, raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o bien por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, la violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público de su lugar de origen.
- A la persona que aunque se movió de su lugar de origen (barrio, pueblo, ciudad, departamento) su vida e integrar sigue corriendo peligro o bien la de un familiar, amigo o conocido.
- A la persona que no haya tenido protección de su Estado.
Tiene 30 días hábiles, a partir de que entra a México, para pedir asilo; es decir, no se cuentan sábados ni domingos.
- Le darán una cita después de que notifique que sobrepasó los días para solicitar asilo.
- Le entregarán una prevención: le dan 5 días para justificar por qué no fue antes a la COMAR.
- En esos 5 días tiene que usted presentar pruebas de por qué no pudo ir antes a la COMAR.
- Unos días después le notificarán si aceptaron su solicitud o si la rechazaron por estar fuera de tiempo.
- La COMAR acepta solicitudes fuera de plazo excepcionalmente cuando usted demuestra que le fue imposible haber ido antes:
Por ej.: cuando viaja con niños pequeños; cuando usted o sus acompañantes se enfermaron; si no habla español; mujeres embarazadas; cuando fue víctima de un delito en México…
En caso de extemporaneidad, usted puede presentar a la COMAR:
1. Un escrito en el que relate todo lo que usted ha vivido desde que entró a territorio mexicano hasta el día en que fue a COMAR
2. Copias de recetas médicas
3. Copias de denuncias puestas en México
4. Todo papel que muestre que a usted le fue imposible haber ido antes
Usted puede presentar TODO TIPO de pruebas: recortes de periódico, fotos en el celular, en Facebook, noticias de Internet; incluso puede pedir que se entreviste a todos los familiares que le acompañan.
*Sin Fronteras IAP no representa a ningún organismo público o de gobierno. Para más información consultar el sitio oficial: https://www.gob.mx/comar