El Instituto Nacional de Migración (INM) brinda servicios migratorios en México. Eso incluye quienes visitan México de otros países, quienes buscan permanecer en México de forma temporal o permanente ya sea por decisión propia, laboral, lazos familiares, entre otros. Todo procedimiento migratorio pasa por el INM. El INM busca respeto y seguridad de las personas migrantes nacionales y extranjeras dentro del territorio mexicano, siempre sujetos a la protección de los derechos humanos de todas las personas.
Sus servicios incluyen:
- Trámites migratorios – Clic aquí
- FMM Electrónica Aérea - Clic aquí
- Trámites Migratorios - Clic aquí
- Registro Nacional de Extranjeros - Clic aquí
¿Qué pasa si tienes un documento migratorio vencido?
Tener actualizado tus documentos migratorios en México, te permite continuar en México de forma regular, te brinda certeza jurídica y la posibilidad de tener acceso a servicios públicos y privados. El INM cuenta con 32 oficinas de representación. Si tienes un documento migratorio vencido debes de acudir a la Oficina de Representación del INM; haz clic aquí para ubicar la oficina más cerca a ti. O comunícate al Centro de Atención Migratoria del INM al teléfono 800 004 6264.
¿Qué trámites puedes solicitar en el INM?
Estos son algunos de los trámites y condiciones que se pueden emitir para una estancia en México:
Solicitud de salida del territorio nacional para mexicanos- por la cuál mexicanas/os pueden salir del territorio nacional.
Internación de personas extranjeras titulares de documento no ordinario- Extranjeros que tengan un documento de identidad y viaje no ordinario emitido por el gobierno mexicano y quieran entrar a México.
Autorización de internación a territorio nacional por razones humanitarias- Extranjeros que requieran asilo político o tengan necesidad de internarse por causa humanitaria, interés público o de fuerza mayor.
Internación de personas extranjeras titulares de documento migratorio- Extranjeros que tengan un documento migratorio válido y vigente emitido para respaldar su condición de estancia.
Salida del territorio nacional de personas extranjeras- Permite a los extranjeros salir de México.
Internación al territorio nacional de personas extranjeras que no requieren visa- Extranjeros que quieren entrar a México.
Cambio a visitante por razones humanitarias- Extranjeros con condición migratoria regular de visitante que hayan sido ofendidos, víctimas o testigos de delito en territorio nacional; además de quienes solicitan asilo político, refugio o protección complementaria y procedimiento de apátrida; niña, niño o adolescente no acompañado o; acreditan alguna causa humanitaria; pueden solicitar el cambio de condición a visitante por razones humanitarias acreditando los supuestos y requisitos.
Renovación de documento migratorio- Extranjeros con documentos próximos a perder su vigencia.
Cambio de visitante por razones humanitarias a residente permanente- Extranjeros con condición de estancia de visitante por razones humanitarias a la cual la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) le ha reconocido como refugiado o con protección complementaria; a quienes la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) le ha otorgado el asilo político.
Regularización migratoria por razones humanitarias- Permite regularizar la situación migratoria por razones humanitarias para permanecer en territorio nacional.
Cambio de visitante por razones humanitarias a residente temporal- Extranjeros con condición de estancia de visitante por razones humanitarias que han concluido las causas o el proceso por el cual te fue otorgada dicha condición y desean ser residentes en el país.
Fuentes:
https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/tramites-migratorios
https://www.gob.mx/inm/que-hacemos