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El perder a un familiar es un suceso que conlleva muchas dificultades, emocionales y físicas. Si esto llega a suceder fuera de México, es importante saber con quién debemos y podemos apoyarnos para poder regresar a nuestro familiar al territorio nacional. Este proceso se conoce como repatriación.

Primero, es importante poder localizar al Consulado o Embajada de México más cercano a la localidad donde falleció la persona: en este enlace podrás identificar las representaciones de México en el exterior. Para poder facilitar el traslado e internación de un cuerpo o cenizas humanas a México, necesitarás solicitar visar y certificar los siguientes documentos ante el Consulado más cercano:

 

Familiares:

  1. Acta de nacimiento de la persona fallecida
  2. Identificación del familiar
  3. Identificación de la persona fallecida

En caso de no contar con algún documento, se firmará un escrito que lo declare.

 

Funeraria y autoridades locales:

  1. Acta de defunción. Esta especifica la causa de muerte y lugar de destino final del cuerpo, o cenizas, y debe de ser apostillada. Si la causa de muerte esté pendiente, se debe presentar la carta del forense certificado (en caso de que la muerte no haya sido ocasionada por una enfermedad contagiosa)
  2. Permiso de traslado internacional, el cual debe ser otorgado por el Departamento de Salud, especificando:
  • Nombre Completo
  • Ubicación de la funeraria que recibe el cuerpo o cenizas
  • Nombre y ubicación del lugar de disposición final del cuerpo o cenizas
  1. Certificado de embalsamiento o cremación, firmado por el embalsamador o cremador, con su número de licencia
  2. Facturas de los servicios contratados

Embajadas, Consulados y Secretaría de Relaciones Exteriores:

  1. Visa al permiso de traslado internacional
  2. Visa al certificado de embalsamiento o cremación
  3. Entrevista a familiares del connacional

¡Importante! Todos los documentos deben ser presentados:

  • En original y con una fotocopia
  • Acompañados de su traducción simple al español, escrita en papel membretado de la funeraria

El trámite es gratuito y debe ser realizado con el apoyo del Consulado de México.

 

Si tu familiar falleció a causa de COVID-19, es posible que las autoridades locales dispongan de medidas espaciales para el manejo y liberación del cuerpo. En algunos casos se te va exigir el proceso de cremación de los restos por medidas sanitarias. Al igual, es importante verificar si el Estado en México que recibirá el cuerpo o cenizas, está recibiendo cuerpos o sólo cenizas, ya que por medidas de salud debido al COVID-19, algunos Estados no aceptan cuerpos.

En caso de requerir algún apoyo económico, se debe de comprobar la imposibilidad de pago. Las representaciones exteriores de México, así como el gobierno, pueden cubrir lo siguiente:

  • Servicios básicos de traslado
  • Embalsamiento o cremación

Las embajadas y consulados no cubren gastos de ceremonias ni servicios adicionales, y es importante saber que los apoyos que sí brindan únicamente se entregan a las empresas prestadoras de servicios.

 

Si tú o tus familiares no se encuentran en el lugar donde falleció tu familiar, deberás acudir a alguna de las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México. Antes de acudir a una Delegación, es necesario dirigir un correo electrónico a la dirección dgpmexterior@sre.gob.mx para garantizar una adecuada atención.

 

Para más información, puedes comunicarte con el CIAM (Centro de Información y Asistencia a Mexicanos) a los siguientes números:

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Fuentes de información:

Traslado de fallecidos a México. Secretaría de Relaciones Exteriores (2023).  https://consulmex.sre.gob.mx/seattle/index.php/es/proteccion/repatriacion-de-restos

Guía para el traslado de restos o cenizas. Secretaría de Relaciones Exteriores (2023). https://consulmex.sre.gob.mx/losangeles/index.php/es/proteccion-menu2020/repatriacion-de-restos