Si faltaste a tu audiencia en la Corte de Inmigración, es posible que el Juez haya cerrado tu caso y ordenado tu expulsión de los Estados Unidos. Este proceso se conoce como deportación en ausencia.
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Si deseas que se reabra tu caso para considerar si calificas para algún beneficio migratorio (como asilo o cancelación de la expulsión), puedes presentar por escrito una petición de reapertura en el Tribunal donde se encuentra tu proceso, así como en el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). La petición debe de incluir lo siguiente:
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Tu nombre, dirección y número de teléfono, fecha y hora de tu última audiencia, y una explicación detallada del por qué faltaste a tu audiencia. Te pedirán demostrar que faltaste a tu audiencia porque:
- No recibiste la notificación de tu audiencia
- Estabas detenido o encarcelado a nivel federal o estatal, o
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Por circunstancias excepcionales fuera de tu control, por ejemplo:
- Que hayas sido víctima de alguna agresión (violencia domestica)
- Por alguna enfermedad grave tuya, de tus padres o de alguno de tus hijos o hijas
- Por inclemencias del tiempo tan severas que imposibilitaron el viaje al juzgado
- Alguna otra razón fuera de tu control semejante a las anteriores
- Todas las pruebas que demuestren por qué faltaste a tu audiencia, por ejemplo, informes médicos o algún otro registro
- Un formulario para Cambio de Dirección (Form EOIR-33/IC)
- Una hoja de portada que incluya tu nombre, dirección y número A
- El recibo de pago del trámite del formulario o una solicitud para dispensar el pago (si aplica)
¿Cuánto cuesta?
No se requiere el pago del trámite si deseas abrir tu caso para solicitar asilo o por no haber recibido la notificación de la audiencia.
¿Cuándo debes presentar tu petición?
Puedes presentar tu petición en cualquier momento, únicamente si faltaste a la audiencia por no haber recibido la notificación de la audiencia o porque te encontrabas en detención a nivel federal o estatal.
En caso de haber faltado por cualquier otra razón, debes presentar tu petición en un plazo de hasta 180 días a partir de la fecha de audiencia a la que no acudiste.
Recuerda que las leyes de migración de los Estados Unidos son muy complejas. Este artículo no es una asesoría legal, es muy importante que busques asesoría legal especializada.
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Fuente de información:
¿Usted faltó a su Audiencia? Department of Justice (2022). https://www.justice.gov/eoir/page/file/1480771/download