Podrías calificar para la reunificación familiar si eres:

  • Padre, madre o tutor legal separado/a de su hija/hijo por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera entre México y Estados Unidos bajo las leyes migratorias de los Estados Unidos, incluyendo a través del uso de la política Zero Tolerance entre el 20 de enero del 2017 y el 20 de enero del 2021

  • Niño o niña separado/a de tus padres o tutores legales por el gobierno de los Estados Unidos en la frontera entre México y Estados Unidos bajo las leyes migratorias de los Estados Unidos, incluyendo a través del uso de la política Zero Tolerance entre el 20 de enero del 2017 y el 20 de enero del 2021

Si fuiste reunificado/a previamente, ya sea en el país de origen o en los Estados Unidos, también tienes derecho a acceder a los beneficios del Grupo de Trabajo de Reunificación Familiar del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), para eso debes registrarte aquí.

 

¿Qué tengo que hacer si califico para reunificación familiar?

Deberás registrarte con el Grupo de Trabajo en las siguientes ligas: gov together.gov, sólo un registro por familia. A través de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) te notificarán si calificas para la reunificación familiar.

Una persona representante de la Organización Internacional para las Migraciones te ayudará a preparar y enviar la solicitud, así como a obtener los documentos necesarios, como pasaportes y documentos de salida. Para las personas que se encuentran actualmente en Estados Unidos, una persona representante de la Organización Internacional para las Migraciones le ayudará a preparar la solicitud de permiso humanitario. Una vez recibida su solicitud, el gobierno de los Estados Unidos podrá aprobar o rechazar tu solicitud de permiso humanitario dentro de 60 días.

Si tu solicitud para permiso humanitario es aprobada, tendrás autorización de vivir en los Estados Unidos por tres años. Al ingresar a los Estados Unidos, o si se encuentras actualmente en los Estados Unidos, serás elegible para solicitar un permiso de trabajo y servicios de ayuda.

 

No calificas si:

  • No eres padre, madre o tutor legal separado/a de la persona menor de edad que acompañas

  • No te separaron de tu familia en la frontera

  • La separación sucedió antes del 20 de enero del 2017 o después del 20 de enero del 2021

IMPORTANTE: Las familias que se consideren elegibles deben evitar acercarse a la frontera entre Estados Unidos y México para intentar la reunificación familiar.

 

Fuentes:

Hoja de Datos: Grupo de Trabajo Interagencial del Presidente Biden para la Reunificación de Familias. Homeland Security, DHS (2022). https://www.dhs.gov/news/2022/06/03/hoja-de-datos-grupo-de-trabajo-interagencial-del-presidente-biden-para-la

Conozca más sobre el reencuentro familiar. Homeland Security, DHS. https://www.juntos.gov/es/requisitos