De acuerdo con la Ley de Migración de México, existen 3 formas de regularizar tu situación migratoria en el país: por razones humanitarias, por vínculo familiar, y por tener tu documento vencido o realizar actividades no autorizadas.
Regularización migratoria por razones humanitarias
Este trámite va dirigido a las personas extranjeras en situación migratoria irregular que se ubican en alguna de las siguientes razones o causas humanitarias, y que deberán presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
a) Si es ofendido, víctima o testigo de un delito grave en territorio nacional, presentar documental pública expedida por autoridad competente de la que se derive dicha calidad, o acuerdo emitido por la autoridad migratoria con base en la manifestación de la persona extranjera, y demás elementos de los que se derive el carácter de testigo o víctima de ésta. (original y copia).
b) Si es solicitante de asilo político, presentar constancia de recibo de la solicitud por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores. (original y copia).
c) Si es solicitante de la condición de refugiado, presentar constancia emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. (original y copia).
d) Si es solicitante de la determinación de apátrida, presentar constancia de inicio del procedimiento de determinación de apátrida emitida por la autoridad migratoria. (original y copia).
e) Si son niñas, niños o adolescentes que se encuentren sujetos a un procedimiento de sustracción y restitución internacional, presentar documental que acredite el inicio de procedimiento de restitución emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, o bien, por la autoridad judicial. (original y copia).
f) Si acredita grado de vulnerabilidad que dificulte o haga imposible la deportación o retorno asistido, presentar documento emitido por institución pública, recomendación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), o solicitud en papel membretado de la representación consular del país de origen, o residencia del menor o petición por escrito del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Sistemas Estatales DIF o del Distrito Federal (Ciudad de México), en el caso de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados cuando así convenga a su interés superior. (original y copia).
g) Si se le otorga refugio o protección complementaria: resolución de la COMAR en la que se reconozca la condición de refugiado o se le otorgue protección complementaria. (original y copia).
h) Si se le otorga asilo político: resolución de la Secretaría de Relaciones Exteriores que así lo determine. (original y copia).
i) En caso de determinación de apátrida: resolución de la autoridad migratoria. (original y copia).
Además, deberás de presentar pasaporte, documento de identidad y viaje, o cualquier documento oficial expedido por autoridad de tu país que contenga, cuando menos, tu nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento y fotografía, así como el comprobante de pago de la multa que se te haya determinado.
Regularización por vínculo familiar
Este trámite va dirigido a las personas extranjeras en situación migratoria irregular que tengan vínculo con un mexicano, o con una persona extranjera residente en territorio nacional. Deberás presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
a) Ser cónyuge o concubino de mexicano o residente temporal o permanente:
- Escrito firmado por el solicitante y su cónyuge o concubino, en el que señalen su domicilio conyugal y la temporalidad requerida. (original).
- Identificación oficial vigente del mexicano (pasaporte, INE, cédula profesional, cartilla del servicio militar, matrícula consular, carta de naturalización o certificado de nacimiento mexicano, o licencia de conducir vigente) o de la tarjeta vigente de la persona extranjera residente. (original y copia).
- Acta de matrimonio o documento que acredite concubinato o figura equivalente al concubinato, otorgado por autoridad competente del país de origen o de residencia de la persona extranjera. (original y copia).
b) Ser hijo, padre, o madre de mexicano o persona extranjera residente, o bien que acredite tener la representación legal o custodia de mexicano o de persona extranjera residente:
- Acta de nacimiento en caso de ser padre o madre de un mexicano o de persona extranjera residente. (original y copia).
- Acta de nacimiento en caso de ser hijo de un mexicano o residente temporal o permanente. (original y copia).
- Documento emitido por autoridad competente en el que se le otorgue la tutela, curatela o patria potestad de una niña, niño o adolescente mexicano o persona extranjera residente. (original y copia).
Además, deberás de presentar pasaporte, documento de identidad y viaje, o cualquier documento oficial expedido por autoridad de tu país que contenga, cuando menos, tu nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento y fotografía, comprobante de pago de la multa que se te haya determinado y comprobante del pago de derechos. Aquí te compartimos el enlace en donde podrás encontrar los montos exactos: https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-de-situacion-migratoria-por-vinculo-familiar/INM794.
Regularización por tener documento vencido o realizar actividades no autorizadas
Este trámite va dirigido a las personas extranjeras en situación migratoria irregular que tengan documento vencido o que realicen actividades distintas a las autorizadas, y con ello, deje de satisfacer los requisitos por los cuales se le otorgó la determinada estancia.
Si te encuentras en este supuesto, puedes tramitar tu regularización si cuentas con una oferta de empleo, tienes solvencia económica, carta invitación de alguna organización o institución pública o privada, bienes inmuebles, inversiones, o si eres estudiante. Aquí te compartimos el enlace donde se mencionan los requisitos y documentos que deberás presentar: https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-migratoria-por-tener-documento-vencido-o-realizar-actividades-no-autorizadas/INM792.
Puedes iniciar el trámite llenando tu solicitud en línea en el siguiente enlace: https://www.inm.gob.mx/tramites/publico/estancia.html.
También puedes acercarte a alguna de las oficinas del Instituto Nacional de Migración; aquí te compartimos un enlace que contiene los datos de contacto de cada una de sus oficinas en el país: https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/horario-y-oficinas-del-inm.
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Fuentes de información:
Ley de Migración. Cámara de Diputados (2022). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf
Micrositio de Trámites Migratorios. Instituto Nacional de Migración. https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html
Regularización por razones humanitarias. Instituto Nacional de Migración. https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-migratoria-por-razones-humanitarias/INM791
Regularización por vínculo familiar. Instituto Nacional de Migración. https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-de-situacion-migratoria-por-vinculo-familiar/INM794
Regularización por tener documento vencido o realizar actividades no autorizadas. Instituto Nacional de Migración. https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-migratoria-por-tener-documento-vencido-o-realizar-actividades-no-autorizadas/INM792